¿Se puede reparar una cubierta durante el estado de alarma?

¿Se puede reparar una cubierta durante el estado de alarma?

2021-03-10T13:52:12+01:00 8 mayo 2020|

Hace más de 50 días que la vida de 47 millones de españoles se paralizó y constriñó en el reducido espacio que marcan las cuatro paredes de su casa. De un día para otro, y a golpe de decreto de alarma, los colegios, las tiendas, los hoteles, los restaurantes cerraron. ¡Incluso las obras!

Sin embargo, con el paso de los días se han ido levantando algunas de las restricciones establecidas sobre estas actuaciones y una nueva normalidad comienza a imponerse. Primero fueron las grandes obras, así como las reparaciones urgentes, ahora el Gobierno autoriza las reparaciones en las viviendas particulares, siempre que estas se lleven a cabo  en “locales, viviendas u otras zonas delimitadas del edificio no habitadas o a las que no tengan acceso los residentes mientras duren las obras”.

Seguro que como instalador todavía te asaltan algunas dudas: ¿puedo realizar reparaciones en un edificio si está habitado? ¿Y urgencias? ¿qué medidas de seguridad debo de adoptar en caso de tener que realizar una reparación en una comunidad de vecinos? ¿Y si debo de atender una urgencia en una vivienda particular?

Vamos a tratar de arrojar algo de luz sobre estos temas.

 

  1. Obras en viviendas y comunidades de propietarios son posibles si…

Según la Orden del Ministerio de Sanidad, a partir de ahora también se podrá ejecutar aquellas obras o reformas en “locales, viviendas u otras zonas delimitadas del edificio no habitadas o a las que no tengan acceso los residentes mientras duren las obras”, evitando en la medida de los posible el contacto con los inquilinos. Además, se permite que los obreros puedan “acceder a zonas no sectorizadas del edificio, para la realización de las operaciones puntuales de conexión con las redes de servicios del edificio que sean necesarias para acometer las obras”.
Del mismo modo, podrán llevarse a cabo las actuaciones en edificios no ocupados o donde los trabajadores no vean interferido su trabajo, así como actuaciones de urgencia en aquellas viviendas ocupadas que así lo soliciten.

  1. ¿Qué consideramos urgencia?

Aplicando el criterio de las aseguradoras (y el sentido común), podremos considerar como tal todos aquellos desperfectos que interfieran notablemente con el desarrollo de la normalidad en la vivienda. Por ejemplo, la rotura del cristal de una ventana; la cerradura de una puerta…

En el caso de las cubiertas inclinadas, podríamos considerar sujeto de reparación urgente aquel tejado con un problema de impermeabilización: humedades, filtraciones, goteras, etc., así como otras patologías que afecten el buen estado del interior de la vivienda.

Asimismo, al ser un elemento “exterior” podría entrar en el grupo de actuaciones que se pueden realizar sin que el trabajador vea interferido su trabajo por la presencia de los propietarios, con lo cual no existiría ningún impedimento para llevar a cabo el arreglo.

  1. Soy instalador, ¿qué medidas debo de adoptar para garantizar mi seguridad?

La construcción ha sido considerada por el Ministerio de Sanidad como una actividad con riesgo de contagio bajo, por lo que su desarrollo se puede llevar a cabo con seguridad siguiendo una serie de recomendaciones básicas:

  1. a) De carácter general. Es fundamental garantizar tres aspectos:
  • Correcta higiene de manos, que deberán lavarse frecuentemente.
  • Correcta higiene respiratoria. Al toser o estornudar taparse la boca con el codo o con un pañuelo desechable, que se tirará inmediatemente después de su uso.
  • Correcto mantenimiento del lugar del trabajo, reforzando la limpieza.

Además se recomienda:

  • el uso de mascarilla o equipo de protección adecuado.
  • no saludar con la mano y evitar el contacto físico.
  • siempre que sea posible, guardar la distancia de seguridad.
  1. b) En obras “medianas” y “grandes”. La empresa para la que el profesional trabaja deberá de facilitar a los trabajadores de agua, jabón, toallas desechables y solución hidroalcóholica, así como de contenedores adecuados para su eliminación.

También se evitarán las visitas innecesarias, y se protegerá a las personas de los grupos sensibles (mayores de 60 o con patologías como hipertensión o diabetes). La empresa contratante deberá informar adecuadamente a los trabajadores.

En caso de fiebre o síntomas compatibles con la COVID-19, siempre hay que quedarse en casa y contactar con el servicio de salud. También es necesario notificárselo al responsable de la empresa, para que se puedan tomar las medidas de protección y prevención pertinentes.

(*Todas estas recomendaciones han sido recogidas por la Fundación Laboral de la Construcción en una guía que se puede descargar en su página web).

  1. c) En pequeños trabajos tanto en edificios habitados como viviendas desocupadas. En estos casos se recomienda:
  • Mantener la distancia de seguridad de 2 metros entre los trabajadores, así como en aquellos encuentros con los vecinos en las zonas de tránsito del edificio. Además, el vecino siempre tendrá prioridad de paso. En caso de no poder guardarse dicha distancia, el trabajador esperará fuera del inmueble.
  • Guantes y mascarilla son obligatorios
  • Para evitar contagios, cada vez que entre material deberán limpiarse e higienizarse los espacios de paso, escalerillas y ascensores.
  • Se aconseja que haya un operario por cada 10/15m2 de obra.
  • Si es posible, se accederá a la obra a través del garaje o las zonas de servicio.

(*Anerr ha publicado estas recomendaciones en una guía)

  • d) Al atender una urgencia en vivienda particular. Antes de aceptar un trabajo es conveniente solicitar al posible cliente información sobre su estado de salud o el de las personas con las que convive.
  • exposición al virus en zonas en alerta o ha estado en contacto con algún infectado o sospechoso de serlo.
  • Si presenta síntomas (fiebre, tos o dificultad respiratoria).
  • Si se encuentra en cuarentena, si está a la espera de resultado de los análisis o se le ha confirmado la infección por coronavirus.

Si la respuesta es . En caso de que alguna o varias de las respuestas sean afirmativas, el trabajador deberá valorar si el trabajo es realmente urgente o se puede programar la visita con posterioridad.

Si la respuesta en NO. En este caso se podría llevar a cabo la reparación con tranquilidad, siempre y cuando se observen todas las medidas de seguridad descritas anteriormente.

En cualquier caso, y para evitar una mayor propagación de los contagios, lo más importante es aplicar el sentido común y seguir todas las recomendaciones de seguridad.